En los últimos años, muchos inversores en España se han visto afectados por la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, productos financieros que, en muchos casos, tanto las características como los riesgos eran desconocidos para los consumidores. Estos instrumentos, vendidos a menudo como seguros y de alta rentabilidad, resultaron ser complejos y conllevaban riesgos significativos. Si te encuentras en esta situación, es crucial que conozcas los pasos y las herramientas legales a tu disposición para reclamar y, en su caso, recuperar tu dinero. Este artículo te ofrece una guía detallada sobre cómo reclamar si has sido perjudicado por la compra de estos productos financieros.
¿Qué son las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas?
Antes de adentrarnos en el proceso de reclamación, es importante entender qué son estos productos financieros:
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Participaciones preferentes
Las participaciones preferentes son valores emitidos por las entidades financieras que no confieren participación en el capital ni derechos de voto (es decir, no permiten participar en las decisiones de la empresa), pero que ofrecen una remuneración fija o variable. Sin embargo, esta rentabilidad no está garantizada y su retribución depende de los beneficios de la entidad emisora y, en caso de quiebra, los titulares de participaciones preferentes son los últimos en cobrar después de los acreedores ordinarios.
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Obligaciones subordinadas
Además, las obligaciones subordinadas son títulos de deuda que, en caso de insolvencia de la entidad emisora, se sitúan por detrás de los acreedores ordinarios, pero por delante de los accionistas y titulares de participaciones preferentes. Ofrecen un interés fijo, pero al igual que las participaciones preferentes, conllevan un alto riesgo, ya que el cobro del principal y los intereses depende de la salud financiera de la entidad emisora.
Normativa aplicable
La normativa española que regula la comercialización de productos financieros y protege a los inversores incluye:
- La Ley del Mercado de Valores (Ley 24/1988, de 28 de julio): es la normativa principal que regula la comercialización de productos financieros. Establece las obligaciones de las entidades financieras en cuanto a la información y transparencia en la comercialización de productos financieros.
- La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: Protege a los consumidores frente a prácticas comerciales desleales y establece derechos básicos en materia de información y transparencia.
- La Directiva MiFID II: la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID II) y su transposición al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto-Ley 14/2018, de 28 de septiembre, refuerzan estas obligaciones, exigiendo a las entidades financieras requisitos estrictos sobre la evaluación de la idoneidad de los productos para cada cliente y la información necesaria que debe proporcionarse de forma clara y comprensible.
Problemas comunes con estos productos
Los problemas más frecuentes asociados con estos productos financieros incluyen la falta de información clara y suficiente por las entidades financieras, y la venta a inversores que no tenían el perfil adecuado para asumir los riesgos asociados. En muchos casos se ha demostrado que las entidades financieras no cumplieron con las obligaciones de transparencia y de información, vulnerando así la normativa vigente.
Pasos para reclamar
1. Revisión y recopilación de la documentación
El primer paso para reclamar es revisar y reunir toda la documentación relacionada con la compra de participaciones preferentes u obligaciones subordinadas. Esto incluye los contratos y condicione generales del producto, los folletos informativos y cualquier comunicación que hayas recibido de la entidad financiera, además de informes de idoneidad y conveniencia, correspondencia con la entidad financiera, extractos de cuenta y cualquier otra documentación relevante. Es importante comprobar si se te proporcionó toda la información necesaria y si esta fue clara y comprensible.
2. Reclamación ante la entidad financiera
Antes de iniciar cualquier acción judicial, el siguiente paso es intentar resolver el problema directamente con la entidad financiera. Para ello debes presentar una reclamación formal ante la entidad financiera. En esta reclamación, deberás detallar los motivos por los cuales consideras que la venta de estos productos fue inadecuada. La entidad financiera está obligada a responder a tu reclamación en un plazo de dos meses. Para ello es conveniente contactar con un especialista, tu abogado puede y debe enfocar correctamente la reclamación, contrastada y acreditada la falta de idoneidad del perjudicado para este tipo de productos. La condición de profesional de otras áreas no es óbice para declarar no aptos estos productos, incluso para abogados, y hay sentencias que así lo declaran.
3. Reclamación ante el Banco de España o la CNMV
Si la respuesta de la entidad financiera no es satisfactoria o, si no recibes respuesta en el plazo establecido, de todo punto recomendable presentar una reclamación ante el Banco de España o la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que siempre fortalecerá tu posición legal. Estas instituciones supervisan y regulan el funcionamiento de las entidades financieras y pueden intervenir en tu favor.
4. Vía judicial
Si no se consigue una resolución favorable por las vías anteriores, la opción siguiente es acudir a la vía judicial. En el proceso judicial, se deberá demostrar que la entidad financiera no cumplió con sus obligaciones de información y transparencia y que esto causó un perjuicio económico. En este sentido, puedes presentar una demanda por vicio en el consentimiento, argumentando que no recibiste la información adecuada sobre los riesgos y características del producto.
Vicios en el consentimiento
Uno de los argumentos más comunes en las reclamaciones judiciales es la existencia de vicios en el consentimiento. Esto implica que el consentimiento del inversor se obtuvo de manera incorrecta, ya sea por error, dolo o mala fe. Para demostrar esto, es necesario probar que:
- No recibiste información clara y completa sobre el producto.
- La entidad financiera no evaluó adecuadamente tu perfil de riesgo.
- Te indujeron a creer que el producto era seguro y adecuado para ti.
Debes tener en cuenta los plazos para presentar la demanda. En general, el plazo para reclamar por vicios en el consentimiento es de cuatro años desde que se tuvo conocimiento del error o dolo. Sin embargo, es recomendable actuar lo antes posible para evitar cualquier posible prescripción.
Consejos prácticos
- Consulta a un abogado: Dado lo complejo de estos casos, es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho financiero, cuanto antes, mejor.
- Actúa rápidamente: No esperes demasiado para presentar tu reclamación. Cuanto antes actúes, mayores serán tus posibilidades de éxito.
- Documenta todo: Guarda copias de toda la correspondencia y documentación relacionada con tu inversión.
En conclusión, la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas ha dejado a muchos inversores en una situación difícil. Sin embargo, la normativa vigente está del lado de los consumidores, garantizando que, si se demuestra la falta de transparencia y la venta inadecuada de estos productos, es posible reclamar y recuperar el dinero invertido.
Es fundamental seguir los pasos adecuados, desde la revisión de la documentación hasta la posible vía judicial, y contar con el asesoramiento adecuado para aumentar las posibilidades de éxito en la reclamación. Con paciencia y determinación, es posible hacer valer tus derechos y obtener la compensación que te corresponde.